La Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda remitió esta semana dos informes a los ayuntamientos gallegos para aclarar que la Ley del suelo prima la recuperación de las edificaciones tradicionales y su puesta en valor.
Estos informes fueron trasladados a todos los ayuntamientos gallegos para su conocimiento, después de que el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia había indicado al Gobierno gallego la diversidad de criterios interpretativos por parte de las distintas administraciones locales, en el proceso de tramitación de las autorizaciones municipales necesarias.
Con las aclaraciones trasladadas desde la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo se quiere ratificar cuál es el criterio interpretativo de la Xunta sobre el contenido del artículo 40 de la ley 2/2016, de 10 de febrero , del suelo de Galicia, relativo a las edificaciones tradicionales existentes en cualquier categoría de suelo de núcleo rural o de suelo rústico.
En ese sentido, indican que el artículo 40 establece “recuperar el patrimonio construido, revitalizando el medio rural y potenciando el suelo rústico a través de la rehabilitación de las edificaciones existentes como factor de desarrollo y calidad de vida”; aprovechar y poner en valor las edificaciones existentes, “contribuyendo a impedir su abandono y deterioro progresivo por no poder darles un uso, propiciando de este modo un uso más sostenible del suelo”; y por último, “evitar nuevas construcciones, lo que contribuye a garantizar la protección futura del paisaje”.
Al mismo tiempo, otra de las aclaraciones que se les traslada a los ayuntamientos es relativa al documento para la concesión de licencias urbanísticas municipales sobre las que se indica que es suficiente a presentación de un proyecto básico para la obtención del título habilitante de naturaleza urbanística. Desde la Consellería de Medio Ambiente se destaca que este procedimiento contribuye a la simplificación, agilidad y eficacia en la tramitación de los procedimientos administrativos para la concesión.